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RESOLUCIÓN Nº 30034

Publicado por Editorial en fecha 26/08/04 para Segurosaldia.com.
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Ministerio de Economía y Producción

Superintendencia de Seguros de la Nación

 

                                                COMUNICACIÓN SSN 670                     05/08/2004

 

CIRCULAR SSN MIX     90                                                        Resolución Nº 30.034

 

SINTESIS: Obligaciones a cumplir por parte de las sociedades de Seguros Mutuos que operan en forma exclusiva en las coberturas derivadas del Seguro de Responsabilidad civil de Vehículos Automotores destinados al Transporte Público de pasajeros en materia de prevención de siniestros.

 

A las Entidades y Personas sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación:

Tengo el agrado de dirigirme a ustedes para llevar a su conocimiento que se ha suscripto la Resolución de referencia cuya parte dispositiva se trascribe seguidamente.

ARTÍCULO 1º.- Las Sociedades de Seguros Mutuos que operan en forma exclusiva en las coberturas derivadas del Seguro de Responsabilidad Civil de Vehículos Automotores destinados al Transporte Público de Pasajeros deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

a) Remitir datos del responsable interno y un suplente en materia de prevención de siniestros: nombre y apellido, dirección de correo electrónico y teléfono, dentro del plazo máximo de 15 (QUINCE) días.    

b) Colectar la información prevista en el Anexo I de la presente y remitirla a este Organismo dentro del plazo máximo de 120 (CIENTO VEINTE) días.

c) Presentar un plan en materia de prevención de siniestros que alcance a asegurados que representen al menos un diez por ciento del total de unidades aseguradas, dentro de un plazo máximo de 120 (CIENTO VEINTE) días.

d) Presentar dentro de un plazo máximo de 30 (TREINTA) días un modelo de reporte e investigación de siniestros con datos mínimos uniformes. En una primera etapa, la recolección y envío de esta información sólo será obligatoria para los accidentes en los que haya sucedido alguna muerte (incluyendo conductores) en el momento del accidente y hasta 30 (TREINTA)  días con posterioridad a la ocurrencia del mismo, como consecuencia de las lesiones recibidas.

 

ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.

 

Saludo a ustedes atentamente.

Claudio O. Moroni

Superintendente de Seguros

                                                                                                                        ANEXO I

 

FECHA:............/............./..............                          CONTRATO Nº......................................

ESTADO GENERAL DE CONDICIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD VIAL

 

 

Razón Social:                                                             │Nº de C.U.I.T

 

Domicilio del establecimiento:                                                         │Teléfono:

 

Localidad:                                          │C.P.                                      │Provincia:

 

Línea o líneas Informadas:

 

Cantidad de vehículos asegurados:                    │Cantidad de vehículos operativos:

 

Cantidad de subsiniestros c/100 Año 20......:              │Indice de gravedad Año 20.....:

 

Responsable(s) de Seguridad Vial:

 

 

Directivo a Cargo:

 

RELEVAMIENTO DE ACCIONES IMPLEMENTADAS

POLÍTICAS DE SEGURIDAD VIAL

SI

NO

1

Existencia de responsables designados en Seguridad Vial

 

 

2

De existir designación, definir si es formal y está documentada.

 

 

3

¿Hay políticas de seguridad vial formalizadas?

 

 

4

¿Están estas políticas exhibidas y comunicadas a todos los sectores?

 

 

5

¿Existe interacción entre la seguridad vial y la industrial?

 

 

COMUNICACIONES

SI

NO

6

Empleo de documentos para la comunicación formal interna.

 

 

7

Registro y archivo de dichos documentos.

 

 

8

Participación en el comité multisectorial de seguridad vial.

 

 

INCENTIVOS PARA EL PERSONAL DE CONDUCTORES

SI

NO

9

¿Existen procedimientos objetivos y cuantificables para evaluación?

 

 

10

¿Existen estímulos no económicos?

 

 

11

¿Hay premios por desempeño establecidos?

 

 

12

¿Existen registros formales de la comunicación a los conductores?

 

 

13

¿Existen registros formales de los premios otorgados?

 

 

ACCIONES CORRECTIVAS Y EDUCATIVAS

SI

NO

14

¿Hay instrucciones formales de Normas y Conductas para conductores?

 

 

15

¿Existe un procedimiento formal para tratar infracciones de tránsito?

 

 

16

Evaluación previa de antecedentes del causante de la infracción

 

 

17

¿La evaluación y graduación es por medio de un comité o equipo?

 

 

18

¿Existe una comunicación formal de la acción correctiva?

 

 

POLITICAS DE SEGURIDAD VIAL

SI

NO

EVALUACION DE DESEMPEÑO DEL PERSONAL

SI

NO

19

¿La evaluación de desempeño responde a parámetros formalizados?

 

 

20

Registro de la evaluación anual

 

 

21

Notificación del evaluado

 

 

INDICES SINIESTRALES

SI

NO

22

Base de datos siniestral actualizada

 

 

23

Análisis estadísticos de siniestralidad

 

 

24

Registro de informes siniestrales periódicos

 

 

ESTUDIO DE RECORRIDOS

SI

NO

25

Estudio de la velocidad comercial (análisis practico).

 

 

26

Descanso de los conductores, parametrizado.

 

 

27

Registro del período de descanso.

 

 

28

Identificación de los puntos (negros) de mayor ocurrencia de accidentes

 

 

29

Identificación de los factores causantes de siniestros

 

 

30

Reconocimiento en el terreno de los puntos críticos

 

 

SELECCIÓN DE CONDUCTORES

SI

NO

31

Procedimiento documentado de reclutamiento

 

 

32

Registro de entrevistas preocupacionales

 

 

33

Solicitud de antecedentes siniestrales

 

 

34

Control y registro de la documentación oficial habilitante de conducción

 

 

35

Implementación documentada de alertas de vencimiento

 

 

36

Realización registrada de examen teórico de conocimientos

 

 

37

Realización registrada de examen práctico de conocimientos

 

 

38

Registro de examen médico preocupacional

 

 

39

Registro del test psicológico preocupacional

 

 

40

Implementación de exámenes físico y de aptitud más avanzados

 

 

 

 

 

 

CAPACITACION DE CONDUCTORES INGRESANTES

SI

NO

41

Capacitación general para el nuevo empleado

 

 

42

Registro documentado de los tópicos de capacitación

 

 

43

Documentación de la capacitación aprobada por empleado

 

 

44

Designación de conductor tutor por determinado lapso

 

 

45

Registro de evaluación del ingresado por el conductor tutor

 

 

46

Evaluación de desempeño del nuevo conductor

 

 

CAPACITACION CONTINUA DE CONDUCTORES

SI

NO

47

Determinación de necesidades de capacitación generales

 

 

48

Selección de conductores con necesidades específicas de capacitación

 

 

49

Implementación documentada de capacitación complementaria

 

 

50

Aula de capacitación

 

 

POLITICAS DE SEGURIDAD VIAL

SI

NO

51

Responsable(s) específico(s) para capacitación

 

 

52

Existencia de política documentada de capacitación

 

 

CONTROL DE SEGURIDAD DE LAS UNIDADES

SI

NO

53

Control antes de la recepción de la unidad por el conductor (registro)

 

 

54

Registros de controles durante y luego del empleo

 

 

55

Controles documentados de los sistemas de seguridad en taller

 

 

56

Programas documentados de mantenimiento preventivo

 

 

57

Responsables(s) designado(s) en planificación y control de mantenimiento

 

 

CONTROL DE HABILITACIÓN DE LAS UNIDADES

SI

NO

58

Archivo de documentación oficial certificatoria

 

 

59

Emisión y registro documentado de alerta por vencimiento

 

 

INVESTIGACION DE SINIESTROS

SI

NO

60

Recolección documentada de datos por parte del conductor involucrado

 

 

61

Recolección documentada de datos para siniestros graves

 

 

62

Documentación de reconstrucción y análisis de siniestros graves

 

 

63

Estadística y registros de los factores contribuyentes

 

 

64

Registros de las conclusiones

 

 

65

Implementación documentada de acciones correctivas

 

 

66

Seguimiento documentado de las acciones correctivas implementadas

 

 

67

Análisis de la eficacia de las acciones correctivas implementadas

 

 

 

Instructivo

a)      Se completará con el número 1(UNO) el casillero que corresponda.

b)      Dejar en blanco en caso de considerar que el ítem no corresponde por el tipo de empresa.

c)      En caso que no corresponda contestar, aclarar en observaciones el porqué identificando el número de ítem.

d)      En el caso de que alguna pregunta no pudiese contestarse por si o no, aclarar en observaciones, haciendo referencia al número de ítem.