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RESOLUCIÓN Nº 30086

Publicado por Editorial en fecha 09/09/04 para Segurosaldia.com.
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Ministerio de Economía y Producción
Superintendencia de Seguros de la Nación

BUENOS AIRES, 2 de septiembre de 2004

VISTO el EXPEDIENTE Nº 42.642, del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN donde PADANA ASSICURAZIONI S.P.A. solicita la inscripción en el Registro de Entidades de Seguros y Reaseguros, para realizar reaseguros en calidad de reaseguradora extranjera exceptuada de operar a través de intermediarios de reaseguros y
CONSIDERANDO:
Que la sociedad tiene por objeto operar en reaseguros en el mercado internacional y en la República Argentina de conformidad con la ley aplicable en la materia.
Que a fs 722, la Gerencia Jurídica informa no tener observaciones que formular.
Que la entidad peticionante cumple con los requisitos establecidos en la Resolución Nº 24805 de fecha 13 de setiembre de 1996 y su modificatoria Resolución Nº 27.885 del 15 de diciembre de 2000 ambas de este Organismo.
Que en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 67 inciso b) de la Ley Nº 20.091, corresponde actuar en consecuencia.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar a "PADANA ASSICURAZIONI S.P.A." a operar en reaseguros en el territorio de la República Argentina, en los ramos indicados a fs. 709 con traducción obrante a fs. 710 vuelta y 711, de conformidad con lo establecido en el Artículo 5º de la Resolución Nº 24.805/96, modificado por el Artículo 2º de la Resolución Nº 27.885/00.
ARTÍCULO 2º.- Notificada la entidad de la presente resolución, se inscribirá en el Registro de Entidades de Seguros y Reaseguros.
ARTÍCULO 3º.- Hacer saber a la recurrente que una vez producida la inscripción en el Registro a cargo de esta Superintendencia de Seguros, deberá comunicar la fecha de inicio de operaciones.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, notifíquese, expídase testimonio de la presente resolución y publíquese en el Boletín Oficial.

RESOLUCIÓN Nº: 30086
Claudio O. Moroni
Superintendente de Seguros