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RESOLUCIÓN Nº 30148

Publicado por Editorial en fecha 06/10/04 para Segurosaldia.com.
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Ministerio de Economía y Producción
Superintendencia de Seguros de la Nación

COMUNICACIÓN SSN 727 04/10/2004
CIRCULAR SSN REG 73 Resolución Nº 30.148

SINTESIS: Modificación de la modalidad de pago que anualmente deben abonar los Productores-Asesores de Seguros y las Sociedades de Productores de Seguros. Forma de pago e instructivo del mismo para abonar el derecho anual de inscripción por parte de los Productores Asesores de Seguros y Sociedades de Productores de Seguros. Fecha de Vencimiento.

A las Entidades y Personas sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación:
Tengo el agrado de dirigirme a Ustedes para llevar a su conocimiento que se ha suscripto la Resolución de Referencia cuya parte dispositiva se transcribe seguidamente, y a continuación se indica la metodología de pago.
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el artículo 4.2.2. de la Resolución Nº 24.828 modificado por la Resolución Nº 29.196 del 10/04/2003 por el siguiente:
"4.2.2. El pago del derecho de inscripción que anualmente deben abonar los Productores-Asesores de Seguros y las sociedades de Productores de Seguros, se efectuará a través de los dispositivos conectados a la RED LINK o a través del Sistema Pago Fácil del Servicio Electrónico de Pago S.A.".
ARTÍCULO 2º.- Regístrese comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.

Modalidad de pago:
1.- Cajeros Link o por internet desde el sitio www.pagoslink.com.ar
El pago puede ser realizado desde alguno de los canales de la Red Link. Este procedimiento no está limitado al uso de una tarjeta del titular de la matrícula. Los Productores Asesores y/o Sociedades de Productores de seguros podrán realizar este tipo de pagos mediante cuentas propias, a través de terceros que posean cuenta en alguna entidad adherida a Red Link o mediante el uso de Tarjeta de Crédito, la cual efectuará el cargo que éstas asignan a la modalidad Adelanto de Fondos.

Secuencias de pago en CAJEROS LINK:
- Ingrese su tarjeta y PIN en un cajero Link.
- Elija la opción PAGOS LINK del menú principal
- Seleccione PAGO DE IMPUESTOS Y SERVICIOS
- Ingrese el Código de Impuesto/Servicio (ver en Ref. 1 como se conforma este código)
- Si posee más de una cuenta asociada a la tarjeta de cajero deberá definir la cuenta desde la que desea realizar el débito.
- Retire el comprobante de la operación (es válido como constancia de pago).
Secuencia de pago en INTERNET:
- Acceda al sitio www.pagoslink.com.ar o al Home Banking de su entidad
- Elija la opción PAGOS LINK del menú principal
- Ingrese su usuario y clave. En caso que no la posea, obtenga su usuario y clave de internet (6 dígitos) en cualquiera de los Cajeros Link desde la opción CLAVES / CLAVE INTERNET HOME BANKING.
- Elija el sub-menú Pagar
- Seleccione el rubro donde se encuentra lo que desea pagar, en este caso: Préstamos, Seguros y Aportes AFJP
- Seleccione el servicio que va a pagar, en este caso: SSN.Matrícula Productor.
- Ingrese el Código de Impuesto/Servicio (ver en Ref.1 como se conforma este código).
- Si posee más de una cuenta asociada a la tarjeta de cajero deberá definir la cuenta desde la que desea realizar el débito.
- El sistema le mostrará la información sobre el pago a realizar y le pedirá su confirmación mediante el ingreso de su clave internet.
Imprima el comprobante de la operación (es válido como constancia de pago).
(Ref. 1): El Código de Impuesto/Servicio identifica a quien realiza el pago. Usted debe ingresar el código de la siguiente forma: 325xnnnnnn. Donde:
· 325 es el número asignado por Red Link a la Superintendencia de Seguros, dentro del servicio Pagos Link
· X identifica el tipo de pago que se realiza y según su ingreso representa:
1. Si usted está abonado el derecho anual perteneciente a un Productor Asesor de Seguros individual (persona física) X=1
2. Si usted está abonando el derecho anual perteneciente a una Sociedad de Productores (persona jurídica) X=2
· nnnnnn: será el número de matrícula para la cual se está realizando el pago
Es obligatorio ingresar los seis dígitos, completando con ceros a la izquierda si fuera necesario.
Ejemplos: si su número de matrícula fuere 140, deberá digitar 000140; si el número fuere 44220 ingresará 044220 y si la matrícula fuere 500320, usted digitará simplemente 500320
Siguiendo los ejemplos precedentes, el Código de Impuesto/Servicio a ingresar en cada caso sería el siguiente:
1.- 3251000140 corresponde al pago del Productor Asesor individual (persona física) cuyo nro. de matrícula es la 140
2.- 3252000140 corresponde al pago de la Sociedad de Productores (persona jurídica) cuyo nro. de matrícula es la 140 (obsérvese que la diferencia está dada por el cuarto dígito). En el primer caso es un 1 (uno) y en este ejemplo es un 3 (dos).
3.- 3251044220 es el pago del Productor Asesor individual (persona física) cuya matrícula es la 44220
4.- 3251500320 es el pago del Productor Asesor individual (persona física) cuya matrícula es la 500320

2.- Pago Fácil
Ingresando al sitio www.ssn.gov.ar al menú de productores elija la opción de pago de matrícula, donde encontrará una pantalla para que ingrese sus datos (número de matrícula o bien tipo y número de documento) y genere su comprobante el cual una vez impreso debe presentarse en cualquiera de los lugares de pago correspondientes a "PAGO FACIL".
El valor del derecho anual de inscripción para el año 2004 fue fijado para los Productores Asesores de Seguros (persona Física) en $ 580 y su vencimiento es el 15 DE NOVIEMBRE DE 2004
Los pagos efectuados con posterioridad a la fecha del vencimiento, es decir desde el 16/11/2004 y que fueran realizados hasta el 31/12/2004 sufrirán un recargo del 50% por lo cual se deberá abonar $ 180 (productores) ó $ 870 (sociedades) y si el mismo se efectivizara con posterioridad al 1/1/2005 el recargo será del 100% o sea que el valor a abonar será de $ 240 ó $ 1.160, respectivamente.
En caso de dudas o consultas a efectuar podrán diligenciarlas vía e-mail o correo electrónico a: productores@ssn.gov.ar, o telefónicamente al 011-4338-4000 internos 1419 - 1420 - 1421
Las modalidades antes señaladas son las únicas permitidas para efectuar pagos, ya que no se aceptarán bajo ningún concepto aquellos pagos efectuados a través de giros postales, giros bancarios y otros medios de pago.
Saludo a Ustedes atentamente.
Claudio O Moroni
Superintendente de Seguro