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y Producción Superintendencia de Seguros de la Nación BUENOS
AIRES, 6 de Enero de 2005
VISTO el estado del Expediente Nº 36.013
del Registro de ésta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION en el que
se autoriza a CENTRLIA ARGENTINA S.A. REINSURANCE INTERMEDIARIES en calidad de
intermediario de reaseguro, y CONSIDERANDO: Que a fs. 171, mediante
nota Nº 030003 el apoderado de la entidad solicita la cancelación
en el registro respectivo. Que a fs. 173, la Gerencia Jurídica informa
no tener observaciones que formular respecto al pedido de cancelación de
la autorización para operar como intermediario de reaseguros. Que en
virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 67, inciso b) de
la Ley Nº 20.091, corresponde actuar en consecuencia. Por ello, EL
SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE: ARTÍCULO 1º: Cancelar
en el Registro de Intermediarios de Reaseguros, la inscripción de CENTRALIA
ARGENTINA S.A. REINSURANCE INTERMEDIARIES entidad inscripta bajo el número
64 (sesenta y cuatro). ARTÍCULO 2º: Comuníquese, notifíquese,
expídase testimonio de la presente resolución y publíquese
en el Boletín Oficial. RESOLUCIÓN Nº: 30329 MIGUEL BAELO SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS |