Publicado por Editorial
en fecha 20/04/05 para Segurosaldia.com. Copyright (C) 2005 - Segurosaldia.com
- Todos los Derechos Reservados Ministerio de Economía y Producción
INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS Resolución 204/2005 Apruébase
el Plan de Acción y Presupuesto del Ejercicio 2005 de la citada Sociedad
del Estado (en liquidación). Bs.As., 19/4/2005 VISTO el Expediente
Nº 1005/044 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS SOCIEDAD DEL
ESTADO (en liquidación), dependiente de la Dirección Nacional de
Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION
PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PRODUCCION y la Decisión Administrativa Nº 585 de fecha 12 de noviembre
de 2004, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el VISTO tramita
la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto del Ejercicio 2005,
formulado por el INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación),
dependiente de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial
de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA
LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION. Que la Ley
Nº 24.156 de Administración Financiera y Sistemas de Control del Sector
Público Nacional contiene en el Título II, Capítulo III,
el Régimen presupuestario de las Empresas y Sociedades del Estado. Que
el Artículo 60 de la Ley Nº 24.938, actualmente incorporado como Artículo
62 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (T.O.1999),
faculta al señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a establecer prórrogas
al plazo referido en el Artículo 64 de la Ley Nº 11.672, Complementaria
Permanente de Presupuesto (T.O.1997), modificado por el Artículo 25 de
la Ley Nº 24.764. Que el Artículo 58 de la Ley Nº 25.967
da por prorrogado todo plazo establecido por la Jefatura de Gabinete de Ministros
en el marco del Artículo 62 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente
de Presupuesto (T.O.1999), para la liquidación o disolución definitiva
de todo Ente, Organismo, Instituto, Sociedad o Empresa del Estado que se encuentre
en proceso de liquidación de acuerdo con los Decretos Nros.2148 de fecha
19 de octubre de 1993 y 1836 del 14 de octubre de 1994, estableciendo como fecha
límite para la liquidación de los mismos el 31 de diciembre de 2005. Que
en consecuencia, es necesario proveer lo conducente al desenvolvimiento operativo
de dicho ente en liquidación para el Ejercicio 2005 conforme el plazo establecido
por la Decisión Administrativa mencionada en el considerando precedente. Que
obra en el expediente citado en el Visto, el informe favorable sobre la medida
propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO
dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION. Que
la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el Artículo 52
de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas
de Control del Sector Público Nacional y el Decreto Nº 1361 del 5
de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial Nº 3 de la
citada ley. Por ello, EL MINISTRO DE ECONOMIA Y PRODUCCION RESUELVE: ARTICULO
1º Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del Ejercicio
2005 del INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS SOCIEDAD DEL ESTADO (en liquidación),
dependiente de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial
de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA
LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de acuerdo al
detalle que figura en los Anexos I y II a la presente resolución, respectivamente
y conforme el plazo establecido en la Decisión Administrativa Nº 585
del 12 de noviembre de 2004. ARTICULO 2º Estímase en
la suma de PESOS CERO ($ 0.) los ingresos de operación y fíjase
en la suma de PESOS OCHO MILLONES CIENTO SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA
Y SIETE ($ 8.175.857.) los gastos de operación, y como consecuencia de
ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en
PESOS OCHO MILLONES CIENTO SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($
8.175.857.) de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II a la
presente resolución. ARTICULO 3º Estímase en la
suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCO ($ 3.684.105.)
los ingresos corrientes y fíjase en la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y CUATRO
MILLONES OCHOCIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES ($ 194.813.693.) los
gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico
(DESAHORRO) estimado en PESOS CIENTO NOVENTA Y UN MILLONES CIENTO VEINTINUEVE
MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO ($ 191.129.588.) de acuerdo con el detalle que figura
en las planillas del Anexo II a la presente resolución. ARTICULO
4º Estímase en la suma de PESOS CERO ($ 0.) los ingresos de
capital y fíjase en la suma de PESOS CIENTO CINCO MIL SEISCIENTOS ($ 105.600.)
los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el
Resultado Económico establecido en el Artículo 3º de la presente
resolución, estímase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el Ejercicio
2005 en PESOS CIENTO NOVENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CIENTO
OCHENTA Y OCHO ($ 191.235.188.) de acuerdo con el detalle obrante en las planillas
del Anexo II a la presente resolución. ARTICULO 5º Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. Roberto Lavagna. Ver
Anexo. (Nota: el anexo está en formato pdf (Documento de Formato Portable),
por lo cuál para poder visualizarlo deberá tener instalado el programa
Acrobat Reader) |