SSN: lea atentamente el porqué de los reclamos.

Por segurosaldia.com junio 15, 2005 20:17

LA LEY OBLIGA AL ESTADO A FISCALIZAR LA ACTIVIDAD ASEGURADORA

LA LEY ESTABLECE UNA TASA PARA SOLVENTAR LOS GASTOS DE ESE CONTROL

LOS ASEGURADOS PAGAN ESA TASA

SOLO UNA QUINTA PARTE DE ESOS FONDOS SE DETINAN A SU FINALIDAS ESPECÍFICA

EL RESTO SE DESVIA A OTROS GASTOS DEL ESTADO

La Ley 20.091 impone al Estado Nacional, a través de la Superintendencia de Seguros de la Nación, la obligación de fiscalizar el normal desarrollo del mercado asegurador y velar par la defensa de los intereses de los asegurados.
Sin embargo, el control estatal sobre la actividad ha visto afectada seriamente su efectividad a partir del ahogo financiero al que se ha sometido a la Superintendencia de Seguros de la Nación.
Los asegurados, conforme a las disposiciones de la Ley 20.091, sostienen mediante el pago de una tasa, abonada con cada seguro contratado, al organismo de control. Las Compañías de Seguro perciben y deberían remitir directamente a la Superintendencia de Seguros, para su financiamiento, alrededor de $60.000.000 anuales. Pero, ya desde el año 1986, Rentas Generales es quien recibe la totalidad de esos fondos, y sólo remite a la Superintendecia de Seguros unos $ 12.000.000. Es decir que menos de la quinta parte de los fondos que la ley 20.091 asigna al ente de control se destinan a la finalidad establecida por el Congreso de la Nación, mientras que las restantes cuatro quintas partes son utilizadas en otros gastos del Estado ajenos a la actividad aseguradora.
Asimismo, un porcentaje de la tasa uniforme debería ser afectado para el financiamiento de los salarios de los trabajadores de la Superintendencia, lo cuál tampoco se cumple desde el año 1987. Sumado a ello que los salarios del personal han quedado congelados por años, el resultado inevitable es que el nivel salarial ha quedado sumamente deteriorado.
Por otra parte, la Superintendencia de Seguros, al igual que otros organismos del Estado Nacional, ha contratado gran cantidad de personal “en negro”, a quienes impone una relación laboral precaria, sin ningún tipo de cobertura social o previsional. Tales trabajadores son obligados a facturar mensualmente como simples prestadores de servicios.
Es por ello que, los trabajadores de la Superintendencia de Seguros de la Nación, le reclamamos al Superintendente de Seguros de la Nación; al Ministerio de Economía de la Nación y al Poder Ejecutivo Nacional: 1) el debido cumplimiento de la Ley 20.091; 2) el adecuado financiamiento del organismo de control estatal y; 3) el debido ejercicio de la fiscalización del estado en el mercado asegurador.

Sin recursos no hay control estatal del mercado asegurador.

COMISIÓN INTERNA SINDICATO DE SEGUROS

Por segurosaldia.com junio 15, 2005 20:17