Productores sancionados y/o Inhibidos Era 2005:

Por segurosaldia.com octubre 26, 2005 14:02

SILVERO JULIA ISABEL. Matrícula No. 55.783. Inhabilitación por 2 (dos) años. Cesión de matrícula. Resolución No. 30.760.

MARTINEZ MARCOS JAVIER. Inhabilitación en los términos del artículo 8, inc. g) de la ley 22.400. Resolución No. 30.760. Comercialización de seguros sin autorización.

Ley 22.400. CAPITULO V: Inhabilidades. Inhabilidades absolutas:
Art. 8 – No podrán inscribirse en el registro de productores asesores de seguros:
g) Quienes operen como productores asesores durante la vigencia de la presente ley sin estar inscriptos y quienes sean excluidos del registro por infracciones a la misma, sin perjuicio de las sanciones previstas en el artículo 13.
La autoridad de aplicación dispondrá la cancelación o suspensión de la inscripción de las personas que, después de estar inscriptas en el registro, queden comprendidas o incurran en las inhabilidades establecidas en el presente artículo, a cuyo fin llevará un registro especial.

JOYA JUAN CARLOS. Falta de registración de libros rubricados y falta de cumplimiento de horas obligatorias de capacitación continuada. Matrícula No. 30.753. Inhabilitación por 1 (un) año.

Observación para otro productor que operaba en ciudades con más de 200.000 habitantes cuando su matrícula no lo autorizaba.
· VER RESOLUCION 30753
· VER RESOLUCION 30760

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