THE TOKIO MARINE: Adiós a la Argentina. Ya no operaba, estaba administrada por HSBC LA BUENOS AIRES. Liquidación voluntaria. Resolución No. 30.776.

Por segurosaldia.com noviembre 8, 2005 21:36

Hoy ya no opera más en la Argentina, a pesar de estar inactiva.

VER BALANCE THE TOKIO MARINE AND FIRE INSURANCE COMPANY LIMITED

RESOLUCIÓN Nº: 30776

Ministerio de Economía y Producción
Superintendencia de Seguros de la Nación

BUENOS AIRES, 31 de Octubre de 2005

VISTO el presente Expediente Nº 46.608 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la nota nº 20.707 se presenta el apoderado de THE MARINE AND FIRE INSURANCE COMPANY LIMITED, poniendo en conocimiento de este Organismo que el Directorio de la compañía matriz con sede en Japón, ha resuelto la liquidación voluntaria de la sucursal que opera en la República Argentina, y en consecuencia solicita el inicio del proceso de liquidación voluntaria de la entidad, conforme lo dispuesto por el art. 50 de la Ley nº 20.091.
Que en cumplimiento de lo establecido en la Ley nº 20.091, acompaña copia del poder especial otorgado por THE TOKIO MARINE AND FIRE INSURANCE COMPANY LIMITED a su favor, debidamente traducido, que le faculta para llevar adelante el proceso de liquidación de la compañía.
Que asimismo se adjunta el Balance de Liquidación de la entidad, correspondiente al cierre de ejercicio contable al 30-06-2005.-
Que la Gerencia de Evaluación informa a fs. 115 que en función de las cifras consignadas, la aseguradora estaría en condiciones de proceder a su liquidación voluntaria.
Que a fs. 116/117 obra el informe producido por la Gerencia Técnica y Normativa en lo que hace a su competencia.
Que la situación de la entidad se encuadra en las previsiones de los incisos e) y f) del art. 48 de la Ley Nº 20.091, por lo que procede disponer la revocación de la autorización para operar en seguros que le fuera oportunamente conferida.
Que en atención al criterio tutelar receptado por la doctrina de la Sala C de la Cámara nacional de Apelaciones en lo Comercial de la Capital Federal en el fallo de fecha 18-4-96 en la causa Nº 742/96 “Superintendencia de Seguros de la Nación c/la Central del Plata S.A. de Seguros (en liquidación)”, corresponde decretar las medidas cautelares de prohibición para realizar actos de disposición de sus inversiones a cuyos efectos cabe disponer su inhibición general de bienes, y respecto de sus inmuebles, deberá abstenerse de darlos en locación y/o comodato.
Que han producido informes las Gerencias de Evaluación, Técnica y Normativa y de Asuntos Jurídicos.
Que los artículos 48 y 67 inc. e) de la Ley nº 20.091 confieren atribuciones a este Organismo para el dictado de la presente Resolución.
Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Revocar la autorización para operar en seguros, oportunamente conferida a THE TOKIO MARINE AND FIRE INSURANCE COMPANY LIMITED, con número de inscripción en este Organismo 408, a través de la Resolución nº 9251 de fecha 18-3-1968; personería jurídica otorgada por la Secretaría de Estado de Justicia de la Nación el 21-4-1947 e inscripta en el Registro Público de Comercio bajo el nº 35, Libro 50, Folio 188, Tomo B, Estatutos Extranjeros el 27-7-1967.-

ARTÍCULO 2º.- Prohibir a THE TOKIO MARINE AND FIRE INSURANCE COMPANY LIMITED realizar actos de disposición respecto de sus inversiones, a cuyos efectos se dispone su inhibición general de bienes, debiéndose oficiar a las instituciones que corresponda, en la inteligencia de su debida toma de razón.-

ARTÍCULO 3º.- Prohibir a THE TOKIO MARINE AND FIRE INSURANCE COMPANY LILITED realizar actos de administración respecto de sus inmuebles en orden a que deberá abstenerse de celebrar contratos de locación o mutuo que puedan afectarlos. La Gerencia de inspección labrará acta tomando razón del estado de ocupación de los inmuebles de la aseguradora.

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, notifíquese por la Gerencia de Inspección con vista de tolo lo actuado al domicilio constituido en Cerrito 740 piso 14º ciudad de Buenos Aires y publíquese en el Boletín Oficial.-

Miguel BAELO.
Superintendente de Seguros.

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