Último momento: TARIFAS: Lea las nuevas normativas que saldrán.

Por segurosaldia.com marzo 6, 2006 19:12

Así quieren regular las tarifas de todos los seguros. Actuarios que ahora tendrán amplias responsabilidades. ¿Cómo controlar la necesidad de una dirección comercial que tiene y necesita infinidad de tarifas, todas con PRIMAS INSUFICIENTES?

¿Control de tarifas es quedar fuera del mercado?
Sí, definitivamente.
El 90% de los seguros de autos tiene insuficiencia de primas. Para empezar, una RC mínima debería salir por encima de los $ 100.- mensuales.
Tema muy delicado, si se lo relaciona con la inflación, los aumentos, los controles, la solvencia, y el respaldo de cada aseguradora. Esta norma genera más problemas y confusión que soluciones al mercado.

Reglamentación del Artículo 26 de la Ley 20091: TARIFAS.

Esta Superintendencia de Seguros de la Nación está abocada a la modificación del reglamento del Artículo 26 de la Ley 20091 relativo a las tarifas que aplican las entidades aseguradoras en la cobertura de sus riesgos.
Cabe recordar que la Ley 20091 en el citado artículo dispone que las tarifas han de ser suficientes y no deben resultar abusivas ni discriminatorias.
Con el propósito de dar efectivo cumplimiento a estas disposiciones y evitando todo tipo de normativa de carácter invasivo, las disposiciones en elaboración a dictar estarán basadas en los siguientes aspectos principales.
Ø Las tarifas serán elaboradas por las entidades aseguradoras con absoluta libertad, en la medida que resulten suficientes y no sean abusivas ni discriminatorias.
Ø Será función indelegable del Órgano de Administración la aprobación de los cuadros tarifarios.
Ø Se prevé un rango de flexibilidad para su aplicación por parte de las dependencias operativas.
Ø Los cuadros tarifarios llevarán el dictamen de un profesional actuario que certifique el cumplimiento de los puntos precedentes.
Ø Los órganos de administración serán responsables de la intangibilidad de las tarifas aprobadas para lo cual deberán tomar las previsiones necesarias para que los sistemas de información y proce3samiento de operaciones garanticen la aplicación inalterable de las mismas en todas las modalidades de comercialización.
Ø Entre los requerimientos mínimos de Control Interno se encuentra incluida la aplicación del régimen tarifario.
Ø Cuando en los estados contables de una entidad aseguradora se verifiquen quebrantos técnicos durante dos trimestres consecutivos corresponderá brindar las explicaciones necesarias a esta SSN y las medidas que se tomarán para su corrección con la firma del profesional actuario interviniente.

Por segurosaldia.com marzo 6, 2006 19:12