PRODUCTORES SANCIONADOS Y/O INHIBIDOS ERA 2006:
CALANTZOPOULOS, BASILIO JUAN, Matrícula Nº 42.496, una inhabilitación por el término de 4 (cuatro) años, Resolución Nº 31.083 del 10/5/2006.
Motivos: Novela de terror…El asegurado fallece el mismo día que empieza a tener valor la cobertura, la póliza se paga un mes después (quién la paga?), nadie sabe quien pide el seguro, no hay examen medico y el productor desconoce al gestor o intermediario del seguro que trabaja junto a él y al asegurado…
Ver el informe de la Gerente de Asuntos Jurídicos. Brillante.
SECCION II: Reticencia. Reticencia: Concepto
Art. 5. Toda declaración falsa o toda reticencia de circunstancias conocidas por el asegurado, aun hechas de buena fe, que a juicio de peritos hubiese impedido el contrato o modificado sus condiciones si el asegurador hubiese sido cerciorado del verdadero estado del riesgo, hace nulo el contrato.
SÁNCHEZ, ALFREDO VÍCTOR, DNI 4.516.321, inhabilitar en los términos del artículo 8, inc. g), de la ley 22.400, Resolución Nº 31.083 del 10/5/2006.
Motivos: Los anteriores del productor asesor CALANTZOPOULOS, BASILIO JUAN, Matrícula Nº 42.496, y:
CAPITULO V: Inhabilidades. Inhabilidades absolutas:
Art. 8 – No podrán inscribirse en el registro de productores asesores de seguros:
g) Quienes operen como productores asesores durante la vigencia de la presente ley sin estar inscriptos y quienes sean excluidos del registro por infracciones a la misma, sin perjuicio de las sanciones previstas en el artículo 13.
La autoridad de aplicación dispondrá la cancelación o suspensión de la inscripción de las personas que, después de estar inscriptas en el registro, queden comprendidas o incurran en las inhabilidades establecidas en el presente artículo, a cuyo fin llevará un registro especial.
DI NINNO de D’ESTEPA, NOEMÍ EMA, Matrícula 38.901, disponer la cancelación de la matrícula, Resolución Nº 31.084 del 10/5/2006.
HEREDIA, ALICIA MIRTA, Matrícula Nº 51.037, una inhabilitación por el término de 5 (cinco) años, Resolución Nº 31.084 del 10/5/2006.
LUONI, EZEQUIEL MATÍAS, Matrícula Nº 57.309, una inhabilitación por el término de 5 (cinco) años, Resolución Nº 31.084 del 10/5/2006.
Motivos: Emisión de pólizas apócrifas. Pase de asegurados por varias compañías aseguradoras en forma secuencial. Omisión de pago de cuotas, en consecuencia. Muchas aseguradoras involucradas y al tanto de las operaciones, un broker de seguros que se omitió sancionar, redes y/o intermediarios con nombre fantasía. Lea urgentemente esta operatoria y las aseguradoras involucradas.
Mañana, en línea todas las resoluciones, pero siempre con apreciaciones más que importantes.