PRODUCTORES ASESORES SANCIONADOS Y/O INHIBIDOS ERA 2006:

Por segurosaldia.com mayo 24, 2006 21:02

DI MARCO, VÍCTOR OMAR, MATRÍCULA 37.900, APLICAR AL PRODUCTOR ASESOR DE SEGUROS UNA INHABILITACIÓN POR EL TÉRMINO DE 5 (CINCO) AÑOS. RESOLUCION Nº 31.089 DEL 18 MAY 2006
VER RESOLUCIÓN

Cobro de primas por valores mayores al del contrato. Falta de emisión correcta de recibos de pago, etc. El viernes en línea.

· REYES, GUSTAVO ALFREDO, MATRÍCULA Nº 50.872;
· REISMAN, PABLO JOSÉ, MATRÍCULA Nº 8279;
· REISMAN, JORGE DARIO, MATRÍCULA Nº 37.430;
· SZATERSZTEJN DE REISMAN, CELIA SUSANA, MATRÍCULA 8278; REISMAN, SERGIO ALEJANDRO, MATRÍCULA Nº 47.234 Y
· REISMAN, ELIZABETH GISELLE, MATRÍCULA Nº 53.514
, UNA INHABILITACIÓN POR EL TÉRMINO DE 5 (CINCO) AÑOS, S/PRESUNTA VIOLACIÓN A LAS LEYES 20.091, 22.400 Y NORMATIVA REGLAMENTARIA DICTADA EN CONSECUENCIA, RESOLUCIÓN Nº 31.091 DEL 18/5/2006.

· URBANA GLOBAL SERVICES S.R.L.
· CHUDOBA, HUGO, DNI 12.917.049
, INHABILITAR EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 8, INC. G) DE LA LEY 22.400, RESOLUCIÓN Nº 31090 DEL 18/05/2006.-
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CAPITULO V: Inhabilidades. Inhabilidades absolutas:
Art. 8 – No podrán inscribirse en el registro de productores asesores de seguros:
g) Quienes operen como productores asesores durante la vigencia de la presente ley sin estar inscriptos y quienes sean excluidos del registro por infracciones a la misma, sin perjuicio de las sanciones previstas en el artículo 13.
La autoridad de aplicación dispondrá la cancelación o suspensión de la inscripción de las personas que, después de estar inscriptas en el registro, queden comprendidas o incurran en las inhabilidades establecidas en el presente artículo, a cuyo fin llevará un registro especial.

Infinidad de organizaciones en estas condiciones y esta operatoria.

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