Aseguradora sancionada y/o inhibida Era 2007:
RESPONSABILIDAD PATRONAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. Prohibición de celebrar nuevos contratos de seguro en todas las ramas en que opera.
ARTICULO 1º — Prohibir celebrar nuevos contratos de seguro en todas las ramas en que opera.
ARTICULO 2º — Prohibir a RESPONSABILIDAD PATRONAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. realizar actos de disposición respecto de sus inversiones, a cuyos efectos se dispone su inhibición general de bienes, debiéndose oficiar a las instituciones que corresponda, en la inteligencia de su debida toma de razón.
ARTICULO 3º — Prohibir a RESPONSABILIDAD PATRONAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. realizar actos de administración respecto de sus inmuebles en orden a que deberá abstenerse de celebrar contratos de locación o mutuo que puedan afectarlos. La Gerencia de Inspección labrará acta tomando razón del estado de ocupación de los inmuebles de la aseguradora.
ARTICULO 4º — A los efectos de lo dispuesto en el artículo primero, la Gerencia de Inspección procederá a sellar e inicialar los Registros de Emisión de la entidad, con mención de la presente Resolución. La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de la medida ordenada en el artículo primero.
ARTICULO 5º — Se deja constancia de que la presente Resolución es recurrible en los términos de los artículos 83 y 86 de la ley 20.091 (texto ley 24.241). RESOLUCION Nº 31.732 del 23/02/2007.-