SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION – Decisión Administrativa 648/2007 – LACE, EDUARDO RAMON, DNI. 4.528.028

Por segurosaldia.com diciembre 6, 2007 22:54

Dase por aprobada una contratación celebrada bajo el régimen del Decreto Nº 1184/2001.

Bs. As., 3/12/2007

VISTO el Expediente Nº 49.660/2007 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 26.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007, los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y su modificatorio Nº 149 de fecha 22 de febrero de 2007, la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 15 de enero de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la contratación de la persona que se detalla en el Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente medida, bajo el régimen de locación de servicios del Decreto Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, solicitada por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que en función de una eficaz prosecución de las actividades operativas del organismo citado, y dada la multiplicidad de sus funciones propias, resulta imprescindible aprobar la contratación de la persona mencionada en el Anexo adjunto, a la presente medida.

Que la persona indicada en el Anexo que integra la presente decisión administrativa, ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que por el Artículo 1º del Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y su modificatorio Nº 149 de fecha 22 de febrero de 2007, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentación será aprobada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES

MIL CIEN ($ 3.100).

Que en la contratación de la persona que se detalla en el Anexo adjunto, se configura el supuesto previsto en el considerando precedente, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.

Que se cuenta con el crédito necesario en el Presupuesto de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, aprobado para el Ejercicio 2007 por la Ley Nº 26.198 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 15 de enero de 2007, a fin de atender el gasto resultante del contrato alcanzado por la presente medida de conformidad con lo indicado en el Anexo respectivo.

Que la Dirección General de Recursos Humanos, dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, por el Artículo 1º del Decreto Nº 577/03 y su modificatorio Nº 149/2007.

Por ello,

EL JEFE

DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Dase por aprobada la contratación de la persona indicada en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, bajo el régimen de locación de servicios del Decreto Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, de acuerdo a lo solicitado por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS

DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION de conformidad con el período, monto mensual, función y rango que en su caso se indica.

Art. 2º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, aprobados por la Ley Nº 26.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007 y distribuidos por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 15 de enero de 2007, de conformidad con lo indicado en el Anexo adjunto a la presente medida.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— Alberto A. Fernández. — Miguel G. Peirano.

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