Boletín Oficial Al Día 16-9-2010

Por segurosaldia.com septiembre 16, 2010 10:35

Atención: en la causa “Protección Buenos Aires S.A. Compañía  de Seguros  s/Liquidación forzosa S/Incidente de subasta” se procederá el remate de un inmueble propiedad de la fallida en Chascomús con base de U$S 150.000 el día 28/09.

BOLETIN OFICIAL Nº 31.988

REMATES JUDICIALES

El Jdo. Nac. de 1° Inst. en lo Com. N° 16, Sec. N° 32, sito en Av. Callao 635 P.B., Cap. Fed., comunica por 3 días en autos “Protección Buenos Aires S.A. Compañía  de Seguros  s/Liquidación forzosa S/Incidente de subasta  (inmueble Avda. Costanera, Chascomús, Pcia. de Bs. As.) (Reservado)”, Expte. N° 058.238, que conforme las condiciones de venta establecidas por el Tribunal y que el comprador declarará conocer y admitir en el boleto de compraventa a labrarse- el martillero Mariano Espina Rawson (CUIT: 20-13407112-6) el 28 de septiembre de 2010 –11:45 hs. en Punto– en Jean Jaures N° 545, Cap. Fed., rematará, Desocupado  y Ad-Corpus,  el  100%  del  inmueble propiedad de  la  fallida  (CUIT: 30-68078186-5)  donde  funcionara  el  “Hotel  Riviera”,  sito  en la ciudad y partido de Chascomús, sobre Avda. Costanera  España  esquina  Santa  Fe,  Pcia.  de Buenos Aires  (NC: Circ.  I, Secc. C, Manz. 186, Parc. 5-a, Matrícula 10.078). Se trata de un edificio de dos plantas, más altillo y terraza, enclavado en un lote de terreno de 754,65 m2. Base: U$S 150.000.- Seña 30%. Comisión   3% +  IVA. Arancel CSJN 0,25%. Sellado 1%. En el acto de la  subasta,  podrá  abonarse  el  10%  del  precio de venta, debiendo los compradores  integrar el 20%  restante  (para completar  la seña del 30%) dentro de las 48, horas posteriores a la celebración de la misma, bajo apercibimiento de perder las  sumas  abonadas  y  hacerlos  responsables de  los  gastos  ocasionados.  El  adquirente,  en caso de invocar un poder, deberá anunciar a viva voz el nombre del poderdante. El  saldo de precio deberá ser depositado dentro de  los 10 días de realizada la subasta sin necesidad de otra notificación, ni intimación alguna; bajo apercibimiento de  lo dispuesto por el cpr: 580, aún cuando se hubiere planteado cualquier objeción que impida la aprobación de  la subasta. Los  impuestos,  tasas y contribuciones especiales (de orden nacional, provincial y municipal) devengados antes de la declaración de quiebra deberán ser verificados por  sus  acreedores  en  este  procedimiento;  los comprendidos entre  la declaración de quiebra y la fecha de la toma posesión del bien, serán gastos del concurso en los términos de la lcq 240; y los posteriores a la toma de la posesión quedarán a  cargo del adquirente. Queda prohibida  la compra en comisión, así como la ulterior cesión del boleto que se extienda. Tampoco será admitida  la  compra mediante  poder  otorgado  en  la misma fecha de la subasta, por entender que se trataría de una compra en comisión encubierta. De optarse por registrar el inmueble a través de escritura pública,  la  totalidad de  los gastos que rrogue dicho trámite serán a cargo exclusivo del comprador. Serán  admitidas  ofertas  bajo  sobre en los términos de la lcq: 212 y art. 162 del Reg. p/1 Justicia Com. hasta las 12 hs. del 27/09/2010. Deudas,  ARBA:  al  16/04/2010  $  13.453,60  (fs 31): Municipalidad de Chascomús al 5/11/2009 $ 12.283,10 (fs 1). Exhibición: 23, 24 y 25 de septiembre de 2010 de 10 a 13 hs. y el día viernes 24 septiembre también de 16 a 18 hs.-
En Buenos Aires, 10 de septiembre de 2010.
Jorge Héctor Yacante, secretario.

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