Boletín Oficial Al Día 16-9-2010
Atención: en la causa “Protección Buenos Aires S.A. Compañía de Seguros s/Liquidación forzosa S/Incidente de subasta” se procederá el remate de un inmueble propiedad de la fallida en Chascomús con base de U$S 150.000 el día 28/09.
BOLETIN OFICIAL Nº 31.988
REMATES JUDICIALES
El Jdo. Nac. de 1° Inst. en lo Com. N° 16, Sec. N° 32, sito en Av. Callao 635 P.B., Cap. Fed., comunica por 3 días en autos “Protección Buenos Aires S.A. Compañía de Seguros s/Liquidación forzosa S/Incidente de subasta (inmueble Avda. Costanera, Chascomús, Pcia. de Bs. As.) (Reservado)”, Expte. N° 058.238, que conforme las condiciones de venta establecidas por el Tribunal y que el comprador declarará conocer y admitir en el boleto de compraventa a labrarse- el martillero Mariano Espina Rawson (CUIT: 20-13407112-6) el 28 de septiembre de 2010 –11:45 hs. en Punto– en Jean Jaures N° 545, Cap. Fed., rematará, Desocupado y Ad-Corpus, el 100% del inmueble propiedad de la fallida (CUIT: 30-68078186-5) donde funcionara el “Hotel Riviera”, sito en la ciudad y partido de Chascomús, sobre Avda. Costanera España esquina Santa Fe, Pcia. de Buenos Aires (NC: Circ. I, Secc. C, Manz. 186, Parc. 5-a, Matrícula 10.078). Se trata de un edificio de dos plantas, más altillo y terraza, enclavado en un lote de terreno de 754,65 m2. Base: U$S 150.000.- Seña 30%. Comisión 3% + IVA. Arancel CSJN 0,25%. Sellado 1%. En el acto de la subasta, podrá abonarse el 10% del precio de venta, debiendo los compradores integrar el 20% restante (para completar la seña del 30%) dentro de las 48, horas posteriores a la celebración de la misma, bajo apercibimiento de perder las sumas abonadas y hacerlos responsables de los gastos ocasionados. El adquirente, en caso de invocar un poder, deberá anunciar a viva voz el nombre del poderdante. El saldo de precio deberá ser depositado dentro de los 10 días de realizada la subasta sin necesidad de otra notificación, ni intimación alguna; bajo apercibimiento de lo dispuesto por el cpr: 580, aún cuando se hubiere planteado cualquier objeción que impida la aprobación de la subasta. Los impuestos, tasas y contribuciones especiales (de orden nacional, provincial y municipal) devengados antes de la declaración de quiebra deberán ser verificados por sus acreedores en este procedimiento; los comprendidos entre la declaración de quiebra y la fecha de la toma posesión del bien, serán gastos del concurso en los términos de la lcq 240; y los posteriores a la toma de la posesión quedarán a cargo del adquirente. Queda prohibida la compra en comisión, así como la ulterior cesión del boleto que se extienda. Tampoco será admitida la compra mediante poder otorgado en la misma fecha de la subasta, por entender que se trataría de una compra en comisión encubierta. De optarse por registrar el inmueble a través de escritura pública, la totalidad de los gastos que rrogue dicho trámite serán a cargo exclusivo del comprador. Serán admitidas ofertas bajo sobre en los términos de la lcq: 212 y art. 162 del Reg. p/1 Justicia Com. hasta las 12 hs. del 27/09/2010. Deudas, ARBA: al 16/04/2010 $ 13.453,60 (fs 31): Municipalidad de Chascomús al 5/11/2009 $ 12.283,10 (fs 1). Exhibición: 23, 24 y 25 de septiembre de 2010 de 10 a 13 hs. y el día viernes 24 septiembre también de 16 a 18 hs.-
En Buenos Aires, 10 de septiembre de 2010.
Jorge Héctor Yacante, secretario.