Boletín Oficial Al Día 22-10-2010

Por segurosaldia.com octubre 22, 2010 10:25

Amado Boudou acepta la renuncia de Gustavo Marcelo MEDONE  y le agradece al ex funcionario los importantes servicios prestados. La Presidenta de la Nación designa a Francisco Manuel Felipe DE DURAÑONA Y VEDIA como Superintendente de Seguros de la Nación.

Decreto 1539/2010

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
Desígnase el Superintendente.

Bs. As., 21/10/2010

VISTO el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 65 de la Ley Nº 20.091.

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º — Desígnase Superintendente de Seguros de la Nación, al Doctor D. Francisco Manuel Felipe DE DURAÑONA Y VEDIA (M.I. Nº 24.270.148).
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Débora A. Giorgi.

Resolución 89/2010 – Ministerio de Economía y Finanzas  Públicas

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
Acéptase la renuncia del Superintendente.

Bs. As., 20/10/2010

VISTO la renuncia presentada por el Doctor D. Gustavo Marcelo MEDONE al cargo de Superintendente de Seguros de la Nación, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario proveer de acuerdo con la circunstancia señalada en el Visto y aceptar la citada renuncia.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el Artículo 1º, inciso c) del Decreto Nº 101 del 16 de enero de 1985.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1º — Acéptase, a partir del 20 de octubre de 2010, la renuncia presentada por el Doctor Gustavo Marcelo MEDONE (M.I. Nº 17.203.979) al cargo de Superintendente de Seguros de la Nación de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARIA DE FINANZAS de este Ministerio.

Art. 2º — Agradécense al referido funcionario los importantes servicios prestados en el cumplimiento de las funciones que le fueran oportunamente encomendadas.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Amado Boudou.

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