Boletin Oficial 26/05/2011
Novedades de la SSN: Inhabilitación de productores. WARRANTY INSURANCE sancionada con un LLAMADO DE ATENCIÓN. También la SSN publica en el BO de hoy la resolución 35794 por la cual se fijaron las condiciones básicas para la operatoria del mercado de reaseguros nacional y que adelantáramos la semana pasada.
Sanciones a Abogados por el COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL.
RESOLUCION Nº 35.790 – SSN: Se dispone la inhabilitación del productor asesor de seguros Sr. Daniel Humberto CASULLO, (matrícula Nº 55.542), hasta tanto comparezca a estar a derecho munido de los libros de registros obligatorios llevados en legal forma.
RESOLUCION Nº 35.791 – SSN: Se dispone la inhabilitación del productor asesor de seguros Sr. Emiliano Américo GOMEZ (matrícula Nº 62.329), hasta tanto comparezca a estar a derecho munido de los libros de registros obligatorios llevados en legal forma.
RESOLUCION Nº 35.792 – SSN: Se sanciona a WARRANTY INSURANCE COMPANY ARGENTINA DE SEGUROS con un LLAMADO DE ATENCION.
RESOLUCION Nº 35.794 – SSN: se fijan las condiciones básicas para la operatoria del mercado de reaseguros nacional.
COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL
“Buenos Aires, a los 2 días del mes de marzo de 2011… El Consejo Directivo del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, RESUELVE: aplicar al abogado Rafael Eduardo Vieyra (Tº 17 Fº 566) la sanción de suspensión por el término de cuatro (4) meses en el ejercicio de la profesión, de conformidad con la sentencia dictada en el expediente n.º 24.474 del Tribunal de Disciplina, la que en su parte resolutiva textualmente dice: “//nos Aires, 2 de marzo de 2011… RESUELVE: 1. Interponer al abogado RAFAEL EDUARDO VIEYRA (Tº 17 Fº 566),… la sanción contemplada en el art. 45º, inc. d) de la Ley 23.187 de CUATRO (4) MESES DE SUSPENSIÓN EN EL EJERCICIO DE LA PROFESION…”. Fdo.: Dr. OSVALDO ZAMPINI PRESIDENTE SALA I, Dr. HUGO I. MALAMUD VICEPRESIDENTE 1º SALA I Dra. GRACIELA MONTENEGRO VICEPRESIDENTE 2º SALA I Dra. ESTER ROSA RIESEL VOCAL y Dr. GUILLERMO JESUS FANEGO VOCAL. La sanción se encuentra firme desde el 28.03.2011. La suspensión impuesta abarca el período que va desde el 10.05.2011 hasta el 09.09.2011 inclusive. Fdo.: BEATRIZ C. RIAL, Secretaria General.
COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL
“Buenos Aires, a los 28 días del mes de abril de 2011… El Consejo Directivo del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, RESUELVE: aplicar al abogado Fernández Caeiro (Tº 28 Fº 595) la sanción de suspensión por el término de cinco (5) meses en el ejercicio de la profesión, de conformidad con la sentencia dictada en el expediente n.º 14.830 del Tribunal de Disciplina, la que en su parte resolutiva textualmente dice: “//nos Aires, agosto 23 de 2005… RESUELVE: I. Aplicar al abogado Alejandro Gustavo Fernández Caeiro (Tº 28 Fº 595) una sanción de suspensión en el ejercicio de la profesión por el término de cinco meses de acuerdo a lo establecido en el art. 45 inc. d) Ley 23.187…” Fdo.: Dra. MATILDE SCALETZKI PRESIDENTE SALA III – TRIBUNAL DE DISCIPLINA, Dra. MARIA VIRGINIA DIAZ DE PRADA VICEPRESIDENTE 1º – SALA III TRIBUNAL DE DISCIPLINA, Dr. CARLOS MARIA CARCOVA VICEPRESIDENTE 2º SALA III – TRIBUNAL DE DISCIPLINA, Dr. EMILIO H. BULLO SALA III – TRIBUNAL DE DISCIPLINA Y LA Dra. SILVIA BEATRIZ MACCHI SALA III – TRIBUNAL DE DISCIPLINA. “…Buenos Aires, octubre 26 de 2010… Por lo expuesto el Tribunal, RESUELVE: No reconocer al Dr. Aldo Petrone, quien se presentó invocando su condición de defensor oficial designado en los términos del Inc. a) del art. 9 del Reglamento de Procedimiento para el Tribunal de Disciplina que sancionó al Dr. Gustavo Alejandro Fernández Caeiro, el cual, en su consecuencia, se desestima…” Fdo.: NESTOR H. BUJAN Y CLARA MARIA DO PICO. La sanción se encuentra firme desde el 16.12.2010. La suspensión impuesta abarca el período que va desde el 28.02.2011 hasta el 27.07.2011 inclusive. Fdo.: BEATRIZ C. RIAL, Secretaria General.
COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL
“Buenos Aires, a los 12 días del mes de mayo de 2011…. El Consejo Directivo del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, RESUELVE: imponer al matriculado Ruben Eliseo Biancuzzo (Tº 30 Fº 974) la sanción de cinco (3) meses de suspensión en el ejercicio de la profesión, de conformidad con la sentencia dictada en el expediente n.º 23.990 del Tribunal de Disciplina, la que en su parte resolutiva textualmente dice: “///Buenos Aires, 3 de marzo de 2011… RESUELVE:… Impónese al Dr. Rubén Eliseo Biancuzzo (Tº 30 Fº 974) la sanción de SUSPENSION EN EL EJERCICIO DE LA PROFESION por el término de tres (3) MESES (art.45 inc. d) de la ley 23.187)…” Fdo. Dra. DELIA HAYDEE MARILUIS PRESIDENTE, Dr. RAMON HERIBERTO GAUNA VICEPRESIDENTE 2º, Dr. FRANCISCO PAULINO QUEVEDO, Dr. MANUEL CUIÑAS RODRIGUEZ y Dr. ALVARO E. J. F. PEREZ DE CASTRO. La sanción quedó firme el 12.04.2011 y el período de suspensión va desde el 26.05.11 hasta el 25.08.11 —inclusive—. Fdo.: BEATRIZ C. RIAL, Secretaria General.