Capitales mínimos- IBNR

Por segurosaldia.com septiembre 6, 2011 11:51 Actualizado

1.- Capitales Mínimos: luego de diversas propuestas se ha conocido una versión muy razonable para una adecuación de los Capitales Mínimos que deben acreditar las Aseguradoras “por ramo”, sin modificaciones en sus bases desde el año 2006. Si tomamos la base muy simple del capital inicial requerido para una Aseguradora que opere en todos los ramos se pasaria de un requerimiento de $ 10.000.000.- a uno de solo $ 18.000.000.- lo cual no puede cuestionarse ente la evolución del IPIM del igual lapso. Asimismo, la norma establece en Caución un requerimiento adicional para el Seguro Ambiental e incorpora una demanda que desde tiempo el mercado asegurador planteaba, que es la valuación de sus inmuebles a valores corrientes y/o razanables, fundado ello en normas NIC/NIF, recordando que este era el único activo a valores no corrientes, frente a un pasivo en su totalidad en tales valores. Con relación al plan de regularización propuesto, no puede cuestionarse ante la propuesta de vigencia su adecuación en seis trimestres.

2.- IBNR: la norma es interesante, y permite una readecuación en los cálculos que hacen a la estimación de esta contingencia o pasivo no cierto que deben constituir los Aseguradores. Es fundamental la incorporación de la tasa activa como alternativa, y la posibilidad de considerar para el cómputo de los Capitales Mínimos la diferencia entre el valor determinado por el método general y el que surge de la nueva alternativa, aún cuando lo esperable era poder registrar directamente este último.

Por segurosaldia.com septiembre 6, 2011 11:51 Actualizado