Pólizas por Responsabilidad Directores y Funcionarios: Existen, sabias?
Con una antigüedad de casi 40 años en el mercado si existen las pólizas de responsabilidad para directores y funcionarios.
Se entiende por tales a aquellas personas legalmente responsables de administrar asuntos de la empresa y a través de quienes la empresa puede legalmente actuar. No se refiere al empleado con funciones puntuales, si a las personas que tengan o no el cargo de director, cumpla con el rol, independientemente de que posea el título. La función tiene la capacidad de comprometer a la sociedad frente a terceros y a ellos alcanzará la cobertura.
Deberes de Directores y Funcionarios:
- Deber Fiduciario es decir actuar en el mejor interés de la compañía, buscando optimización de recursos y mayores rendimientos de los activos.
- Deber de cuidado – Imputabilidad comprende la obligación de llevar a cabo sus deberes de buena fe, de la manera en la cual genere el mayor provecho para la compañía y accionistas.
- Deber de control legal relacionado con asegurar que se respeten todas las leyes y requerimientos relevantes a la actividad.
- Límite de la autoridad – Deber de obediencia referido a actuar dentro del espectro de su mandato, sin abuso de su función ni toma de decisiones mas allá de su injerencia.
- Regla del criterio en los negocios – Deber de lealtad actuar con cuidado y habilidad teniendo en cuenta que la prioridad es el negocio corporativo y no los beneficios individuales.
El marco legislativo que acompaña a la Ley 17.418 (Seguros) está conformado por la Ley 19.550 (Sociedades) art. 59, 270, 274, 276, 296,297 todos ellos relacionados con el desempeño y la responsabilidad de los Directores y Funcionarios. Es dable destacar el art.54 de la misma Ley de Sociedades habla de la teoría del corrimiento del velo societario, situación que se entiende cuando por ej. Se utiliza a la sociedad como recurso para violar la ley, el orden público o la buena fe o para frustrar los derechos de terceros puesto que en dichas instancias es pertinente extender la responsabilidad a los socios o controladores (…).
Las causales frecuentes de reclamos comprenden la mala administración del capital social, el incumplimiento de estatutos, realización de inversiones inadecuadas, distribución improcedente o abusiva de dividendos o facilitar información incorrecta o incompleta a accionistas y clientes.
Tipos de coberturas autorizadas por SSN para ofrecer
Cobertura 1: Ampara a Directores y Gerentes y cubre por reclamos originados en todo incumplimiento de las obligaciones de dichos sujetos, negligencia, error, declaración engañosa y errónea y todo acto u omisión culposa incurrido en el ejercicio de sus funciones.
Cobertura 2: Ampara a la Compañía y cubre por el reembolso de indemnizaciones que la sociedad hubiere pagado a sus Directores y Gerentes para que estos hagan frente a las indemnizaciones por hechos que la cobertura anteriormente mencionada
Una nota aparte amerita las exclusiones taxativas de cobertura junto con los criterios adecuados de suscripción, complementando con las razones y fundamentos de la importancia de este seguro que no es obligatorio pero que sin dudas debería serlo. Dado que en función a los costos aproximados que averiguamos y a la rentabilidad del segmento no entendemos porque ni los PAS, Bróker, Banca Seguros u otro canal de venta hoy por hoy lo está explotando.
Ahora bien, como sabemos que la rentabilidad viene de la mano del “volumen de negocios” quizás ninguno esté dispuesto a dar el puntapié inicial.
Mariel Adaro.