Cepo Seguro
Para aquellos que aún no se enteraron el viernes 17 de octubre vence el plazo dispuesto por la SSN en su Comunicación SSN N°4222 del día 09 de octubre pasado.
En dicha comunicación oficial se solicita con carácter de declaración jurada que todas las entidades sujetas a supervisión por el órgano mencionado emita un detalle de sus pasivos nacidos en obligaciones de contratos en moneda extranjera conforme art. 33 de ley 20091 que a continuación transcribimos:
ARTICULO 33.- La autoridad de control determinará con carácter general y uniforme las reservas técnicas y de siniestros pendientes que corresponda constituir a los aseguradores, en la medida que sea necesaria para atender al cumplimiento de sus obligaciones con los asegurados. Los aseguradores que tengan obligaciones nacidas de los contratos de seguros y reaseguros a pagarse en moneda extranjera, deben constituir las reservas técnicas correspondientes en las mismas monedas o en otras permitidas que establezca la autoridad de control.
Con una visión optimista alguien creerá que la medida dispuesta se encuentra orientada a controlar la solvencia de las aseguradoras supervisadas a fin de garantizar primas suficientes en las pólizas emitidas para proteger a los asegurados.
Ahora bien si se utiliza una visión pesimista podríamos decir que la interna en el ministerio de economía está en su punto máximo de ebullición. El ministro Súper K, Axel Kicillof, necesita con suma urgencia conseguir dólares, por ello semanas atrás apunto hacia ANSES quien obligado tuvo que rematar bonos nominados en dólares para aportar a lograr el efecto buscado: forzar la caída del dólar.
Aparentemente el titular de ANSES, Diego Bossio, habría manifestado su disconformidad para continuar con la venta y es por ello que a través de Alejandro Vanoli, se solicita esta “colaboración” al mercado asegurador.
Dado lo antes expuesto, la medida se orienta continuar apoyando al modelo. Actitud que destacamos y valoramos ya que no solo en política sino en general nuestra sociedad ha perdido el concepto de “lealtad y códigos” pero igualmente nos permitimos emitir una opinión.
El apoyo y lealtad jamás debería ser incondicional cuando asienta sus bases a costa del detrimento propio del sector. Basta con mencionar otra medida impuesta con anterioridad para esclarecer nuestra idea: Inciso K.
El inciso K definitivamente fue una medida de apoyo al modelo que no resulto beneficiosa para las compañías y era contraria al art. 35 del mismo texto de ley que a continuación transcribimos:
ARTICULO 35.- Los importes de las reservas previstas en el articulo 33 y de los depósitos de reservas en garantía retenidos a los reaseguradores – deducidas las disponibilidades líquidas y los depósitos de reservas en garantía retenidos por los reaseguradores- deben invertirse íntegramente en los bienes indicados seguidamente, PREFIRIENDOSE SIEMPRE los que supongan mayor liquidez y suficiente rentabilidad y garantía.
Entonces la visión realista se pregunta: ¿Alguien se opuso?. Si leyó toda la nota saque su propia conclusión.
MA! @madarok
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