UN NUEVO PROYECTO QUE AUMENTA LAS PENAS A CONDUCTORES

Por segurosaldia.com junio 18, 2015 14:21

El actual Código Penal, en su artículo 84 impone una pena de 6 meses a 5 años para aquél que por imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de los reglamentos y deberes a su cargo, causare a otro la muerte. Esa pena mínima se elevará a 2 años si fueran más de una las víctimas fatales o si el hecho hubiese sido ocasionado por la conducción imprudente, negligente, inexperta o antirreglamentaria de un vehículo automotor.

En los últimos días, la Cámara de Diputados dio media sanción a un proyecto de ley que implica una modificación al código penal y se propone un aumento de las penas, imponiendo un mínimo de 3 y un máximo de 6 años de prisión para conductores que provoquen accidentes viales bajo las siguientes circunstancias:

–          Se den a la fuga y no socorran a las víctimas

–          Conduzcan bajo los efectos del alcohol o estupefacientes

–          Provoquen con su accionar lesiones graves o muertes

–          Conduzcan con exceso de velocidad

–          Violen las señales lumínicas de los semáforos.

El proyecto incorpora el concepto de “conducta temeraria”, como agravante de la pena, para conductas imprudentes o  negligentes, mediante las cuales conductor, además de cometer el hecho, lo hace a sabiendas de que puede causar un daño.

El proyecto fue aprobado en la Cámara de Diputados por 202 votos afirmativos y 3 abstenciones y ya fue girado al Senado para su discusión. La norma se da en el marco del Día de la Seguridad Vial, frente al fuerte reclamo de organizaciones no gubernamentales ante el hecho de que Argentina no pudo reducir ni en un 1% el número de muertes producidas entre el año 2011 y el año 2014.

Este proyecto implica un gran avance hacia la penalización de conductas como el conducir ebrio, no respetar las señales de tránsito y el exceso de velocidad, que de aprobarse el proyecto de reforma de la ley de seguros, habría que analizar cómo se articula con la eliminación de la culpa grave como causal de rechazo. Al estar tipificado como un delito en el código penal, conducir bajos los efectos del alcohol o las drogas, ¿podrá ahora sí ser utilizado por las compañías de seguros como una causal de rechazo independiente y con mayor contundencia?.

Dra. Gabriela Melina Alvarez

Gabriela.alvarez@segurosaldia.com

Por segurosaldia.com junio 18, 2015 14:21
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