Boletín Oficial 06/09/2016

Por segurosaldia.com septiembre 6, 2016 10:09

INHIBICIÓN GENERAL DE BIENES para VIRGINIA SURETY COMPANY. QUALIA COMPAÑÍA DE SEGUROS autorizada en el Ramo ACCIDENTES PERSONALES. ANTICIPAR COMPAÑÍA DE SEGUROS autorizada en el Ramo VIDA.

Resolución 40019/2016 – SSN: Se prohíbe a VIRGINIA SURETY COMPANY, INC. (SUCURSAL ARGENTINA) (CUIT N° 30-71242156-4) celebrar nuevos contratos de reaseguro y se dispone a la INHIBICIÓN GENERAL DE BIENES, debiéndose oficiar a las instituciones que corresponda, en la inteligencia de su debida toma de razón.

Resolución 40020/2016 – SSN: Se autoriza a QUALIA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., a operar en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA en el Ramo ACCIDENTES PERSONALES, con la documentación correspondiente al plan de seguros de Accidentes Personales obrante en el presente Expediente, de acuerdo al siguiente detalle: Condiciones Técnico-Contractuales establecidas mediante Resoluciones SSN N° 18.823 de fecha 25 de julio de 1986 y N° 20.610 de fecha 08 de enero de 1990, a las cuales se adhiere; y con la siguiente documentación complementaria: Cláusula de Cobranza del Premio (folio 3/4); Cláusula de Cobranza del Premio – Vigencia Mensual Prorrogable (folio 5/6); Anexo I – Exclusiones (folio 7); Modificaciones a la Resolución SSN N° 20.610 (folio 8); Solicitud Individual (folio 9/11); Solicitud Seguro Colectivo (folio 12/14); Nómina de Personas a Incorporar (folio 15); Solicitud Individual de Incorporación (folio 16/17); Condiciones Particulares Seguro Individual (folio 18/20); Condiciones Particulares Seguro Colectivo (folio 21/23); Anexo A – Nómina de Asegurados (folio 24); Certificado Individual (folio 28); Solicitud de Reintegro por Asistencia Médica (folio 29); Nota Técnica (folio 31/38); Política de Suscripción y Retención de Riesgos (folio 52 – fs. 2/3); Aclaraciones y/o Modificaciones (folio 1/2 y folio 52 – fs. 1).

Resolución 40021/2016 – SSN: Se autoriza a ANTICIPAR COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., a operar en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA en el Ramo VIDA – sin constitución de Reservas Matemáticas, con la documentación correspondiente al Plan de Seguro de Vida Colectivo obrante en el presente Expediente, de acuerdo al siguiente detalle: Condiciones Generales (fs. 2/10 del folio 14 y sus aclaraciones a fs. 1 del folio 8 y a fs. 1 del folio 11), Cláusula Adicional de Invalidez Total y Permanente (fs. 10/12 del folio 11), Anexo N° 1 – Riesgos No Cubiertos (fs. 13 del folio 11, fs. 11 del folio 14), Certificado Individual (fs. 20/22 del folio 11), Solicitud para el Contratante (fs. 12/13 del folio 14), Solicitud Individual de Seguro de Vida Colectivo (fs. 14/15 del folio 14), Condiciones Particulares (fs. 16/19 del folio 14), Denuncia de Fallecimiento (fs. 20 del folio 14), Formulario de Siniestro para Coberturas de Invalidez (fs. 21/23 del folio 14), Nota Técnica (fs. 24/28 del folio 11), Bases Técnicas (fs. 41/42 del folio 8 y fs. 29/35 del folio 11).

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