Boletín Oficial 29/08/2017
Resolución 40720-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 18/08/2017
VISTO el Decreto Nº 254 de fecha 24 de diciembre de 2015, la Decisión Administrativa Nº 616 de fecha 10 de agosto de 2017 y las Resoluciones Nros. 39 de fecha 18 de marzo de 2010 de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y 33.176 de fecha 14 de julio de 2008, 38.822 de fecha 18 de diciembre de 2014 y su modificatoria 38.898 de fecha 20 de febrero de 2015 de este Organismo, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).
Que mediante la Resolución SSN N° 33.176/08 se efectuó el llamado a concurso para la cobertura de TREINTA Y CUATRO (34) cargos vacantes financiados de la Planta Permanente de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, quedando DOS (2) con orden de mérito aprobado que a la fecha no han sido cubiertos.
Que mediante la Resolución SSN N° 38.822/14 y su modificatoria mencionada se efectuó el llamado a concurso para la cobertura de CIENTO OCHO (108) cargos vacantes financiados de la Planta Permanente de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN.
Que por el artículo 1° del Decreto N° 254/15 se instruyó a los Ministros, Secretarios de la Presidencia de la Nación, Autoridades Superiores de organismos descentralizados, Empresas y Sociedades del Estado de la Administración Pública Nacional, a revisar los procesos concursales y de selección de personal, en cualquier instancia en que aquellos se encuentren a fin de analizar su legalidad.
Que por la Decisión Administrativa Nº 616 de fecha 10 de agosto de 2017 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de este Organismo.
Que por la Resolución Nº 2017-40715-APN-SSN#MF de fecha 17 de agosto de 2017 se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo de este Organismo.
Que la implementación y puesta en funcionamiento de la nueva estructura de primer y segundo nivel operativo demanda el cumplimiento de funciones profesionales y técnicas que no están contempladas por los mencionados procesos de selección.
Que atento a ello y a la necesidad de que el Organismo cumplimente con los niveles de eficiencia que se ha impuesto su competencia en materia de supervisión y control de todos los entes aseguradores, es imprescindible reasignar algunas de las vacantes disponibles para poder cumplir con las funciones requeridas.
Que por lo tanto, resulta necesario dejar sin efecto el proceso de selección iniciado respecto de CUARENTA Y SEIS (46) cargos para proceder a una reformulación de perfiles de las citadas vacantes, de modo de garantizar la incorporación y promoción de postulantes acorde con el logro de los objetivos enunciados.
Que la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN ha sostenido, por ser un principio que rige la materia, que “…La intervención en un concurso de este tipo, sólo da derecho a intervenir en las pruebas pero no a exigir el nombramiento, pudiendo la autoridad que lo convocó dejarlo sin efecto por razones circunstanciales sin responsabilidad alguna, para llamar nuevamente a concurso” (T. 188, Pág. 98; y Nº 169/92).
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en el marco de lo dispuesto por el Artículo 1° del Decreto N° 254/15 y en virtud de las facultades conferidas por los Artículos 67 inciso j) de la Ley Nº 20.091 y 15 del Anexo I de la Resolución de la ex-SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias.
Por ello,
El SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto los procesos de selección detallados en el Anexo IF- 2017-17653252-APN-GA#SNN cuya convocatoria fue dispuesta por las Resoluciones Nros. 33.176 de fecha 14 de julio de 2008, 38.822 de fecha 18 de diciembre de 2014 y su modificatoria Nº 38.898 de fecha 20 de febrero de 2015 de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan Alberto Pazo.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
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