Deben pagarle $22 millones a una joven que quedó cuadripléjica por un choque
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La Justicia rosarina condenó al conductor de un automóvil y a su compañía aseguradora a pagar una indemnización con una suma cercana a los 17 millones de pesos -más los intereses, que llevarían el monto a los 22 millones– a una joven motociclista que quedó cuadripléjica tras un siniestro vial ocurrido en 2018 en la zona sur de Rosario.
El siniestro vial se produjo el 7 de octubre de 2018 cuando la mujer circulaba con su motocicleta -con el caso colocado- por bulevar Seguí en dirección al este y al llegar a la intersección con Juan Manuel de Rosas fue embestida por un VW Fox que, según consta en el expediente, circulaba a alta velocidad . Como consecuencia del fuerte impacto, la joven salió despedida y en su caída sufrió fractura de médula ósea con la consecuente inmovilidad en todo su cuerpo, especialmente en brazos y piernas.
El Tribunal de Responsabilidad Extracontractual Nº 6, integrado por los jueces Analía Mazza, Horacio Allende Rubino e Ignacio Aguirre, consideró en su resolución que el conductor del automóvil no cedió el paso a la mujer, que tenía prioridad para hacerlo por venir circulando por una avenida y por tener la derecha. Se indicó además que «es doctrina legal de la Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario la prioridad de paso de la vía de mayor jerarquía consagrado como texto expreso 7 de la ley en el artículo 37 inciso a) del Código Municipal de Tránsito».
También los magistrados explicaron en su fallo cómo debió haberse comportado el automovilista en esa situación: «Al llegar a una avenida de mayor importancia a la calle por la que circulaba, debía detener completamente el vehículo y ceder el paso a los rodados que circulaban por la vía de mayor jerarquía. Solo luego de contar con el paso expedito, podía iniciar el cruce».
Prioridad de paso en esquinas no semaforizadas
Continuando con sus argumentaciones, los integrantes del tribunal recordaron que «en intersecciones no semaforizadas, tienen prioridad quienes circulan por la vía de mayor jerarquía, sin que sea necesario señalizarlo en cada encrucijada. Se trata de una excepción a la regla de oro de prioridad de paso de quien accede a la encrucijada desde la derecha».
También recordaron que la normativa vial establece que quien circula por la derecha cuenta con una especie de «autorización para avanzar, como si tuviera el semáforo en verde» y que de manera contraria lo hace para quien lo hace por la izquierda «a no ser que advierta que, sin obligar a frenar al que viene por la derecha, pudiese trasponer el cruce sin riesgo alguno».
Como consecuencia de las graves heridas sufridas, la joven quedó cuadripléjica. Su incapacidad alcanza a un 99% y la joven requerirá de la asistencia de otras personas para la realización de sus actividades cotidianas.
El monto de la indemnización
En el desglose de los momentos resarcitorios, el tribunal estableció una suma de $5.700.000 por la incapacidad física generada; en lo que respecta el pago de la asistencia a terceras personas por el resto de su vida se fijo un monto de $ 4.300.000; otros gastos conexos, $740.000 y por daño psíquico y tratamiento psicológico $ 156.000. Además, se fijó por daño psicológico un resarcimiento de $ 6.000.000.
También los magistrados destacaron que la inflación provocó la readecuación del límite de la cobertura, que había sido fijada en $6.000.000. «El proceso inflacionario crónico que ha recrudecido estos últimos tres años y que, nadie puede desconocer, provoca enormes distorsiones de los valores nominales, reales y relativos», sentenciaron los jueces del tribunal.
Fuente de la Nota: LA CAPITAL