RÍO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA – AUTORIZACIÓN RAMA CRÉDITO – PÓLIZA INTERNACIONAL – SEGURO DE CRÉDITO A LA EXPORTACIÓN Y DOMÉSTICO – CONTRATO GLOBAL DE RIESGO COMERCIAL – ADHESIÓN PLAN
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RESO 149 2022 – RIO URUGUAY, AUTORIZACIÓN RAMA CREDITOS
VISTO el Expediente EX-2021-99396783-APN-GTYN#SSN, el Artículo 23 de la Ley Nº 20.091, y
CONSIDERANDO:
Que la entidad RÍO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA solicita autorización para operar
en la Rama “CRÉDITO”, mediante adhesión al Plan denominado “PÓLIZA INTERNACIONAL – SEGURO DE
CRÉDITO A LA EXPORTACIÓN Y DOMÉSTICO – CONTRATO GLOBAL DE RIESGO COMERCIAL”
autorizado a Compagnie Francaise D´Assurance Pour Le Commerce Exterieur (Sucursal Argentina) mediante
Proveídos SSN Nros. 88.120, 88.792, 89.663, 90.696 y 120.521 de fechas 16 de septiembre de 1998, 30 de
diciembre de 1998, 12 de mayo de 1999, 5 de octubre de 1999 y 19 de mayo de 2015, respectivamente, recaídos
en el Expediente Nº 36.183.
Que mediante IF-2021-116287521-APN-GE#SSN la Gerencia de Evaluación informa que la entidad acredita el
capital mínimo necesario para operar en la referida Rama.
Que la Gerencia de Autorizaciones y Registros se ha expedido en el ámbito de su competencia.
Que de acuerdo a lo informado por la Gerencia Técnica y Normativa, las Condiciones Técnico-Contractuales
acompañadas se adecuan a las características de la cobertura propuesta.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el Artículo 67 incisos a) y c) de la Ley Nº 20.091.
Por ello,
LA SUPERINTENDENTA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase a RÍO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA a operar en todo
el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA en la Rama “CRÉDITO”, con el Plan denominado “PÓLIZA
INTERNACIONAL – SEGURO DE CRÉDITO A LA EXPORTACIÓN Y DOMÉSTICO – CONTRATO
GLOBAL DE RIESGO COMERCIAL” autorizado a Compagnie Francaise D´Assurance Pour Le Commerce
Exterieur (Sucursal Argentina) mediante Proveídos SSN Nros. 88.120, 88.792, 89.663, 90.696 y 120.521 de
fechas 16 de septiembre de 1998, 30 de diciembre de 1998, 12 de mayo de 1999, 5 de octubre de 1999 y 19 de
mayo de 2015, respectivamente, recaídos en el Expediente Nº 36.183, con los siguientes elementos técnicocontractuales: Formulario de Adhesión donde constan las Condiciones Contractuales que fueran oportunamente
aprobadas a páginas 1/2 del IF-2021-99240722-APN-DTD#JGM y sus modificaciones a página 2 del IF-2022-
02758796-APN-DTD#JGM y Nota Técnica a páginas 1/2 del IF-2021-99396732-APN-DTD#JGM.
ARTÍCULO 2º.- Regístrese, notifíquese al domicilio electrónico constituido por la entidad conforme Resolución
SSN N° 39.527 de fecha 29 de octubre de 2015, y publíquese en el Boletín Oficial.
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