SSN- LICITACIÓN PÚBLICA Nº 1/2021 – A.R.T. FONDO DE RESERVA ARTÍCULO 34 LRT – SEGUNDO LLAMADO
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RESO 177 2022- LICITACIÓN PÚBLICA.
VISTO el Expediente EX-2021-116640434-APN-GA#SSN, el Artículo 34 de la Ley N° 24.557, la Resolución
RESOL-2020-396-APN-SSN#MEC de fecha 29 de octubre, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto se tramita la contratación de los servicios de una Aseguradora de
Riesgos del Trabajo para gerenciar el otorgamiento de las prestaciones en especie y dinerarias que le
correspondieren atender al Fondo de Reserva de la Ley de Riesgos del Trabajo Nº 24.557 y reglamentación
complementaria, así como también los planteamientos judiciales y prejudiciales emergentes de siniestros cuya
cobertura se reclama al citado Fondo de Reserva, por el término de UN (1) año -con opción a prórroga por igual o
menor período- conforme lo solicitado por la Coordinación de Recaudaciones y Fondos de Terceros mediante
Nota NO-2021-116716199-APN-GA#SSN.
Que mediante Resolución RESOL-2021-880-APN-SSN#MEC, de fecha 23 de diciembre, se autorizó la
convocatoria a una Licitación Pública, sin modalidad y de Etapa Única Nacional, tendiente a la contratación de
los servicios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo para gerenciar el referido otorgamiento prestacional.
Que con fecha 28 y 29 de diciembre del año 2021 se publicaron en el Boletín Oficial de la República Argentina
los avisos inherentes a la citada convocatoria.
Que en Informe IF-2022-06210203-APN-GA#SSN luce la invitación a cotizar cursada a los proveedores del
rubro.
Que conforme surge del Informe IF-2022-06204821-APN-GA#SSN, llevado a cabo el Acto de Apertura de
Ofertas, no se recibieron ofertas para la contratación en trato.
Que habida cuenta de lo expresado en los párrafos que anteceden, y a la luz de las consideraciones vertidas
mediante Nota NO-2022-08313530-APN-GA#SSN e Informe IF-2022-17490545-APN-GLEC#SSN, corresponde
declarar desierto el llamado a Licitación en examen y efectuar un segundo llamado, sin modificar el Pliego de
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