REMOLQUES. Las aseguradoras proponen, la SSN decide. Fin de fiesta el 31-12, y el 1-1-2023 sólo a casos clausulados: x Daños Parciales, Mínimo 100 Km, 6 servicios x año. Avisamos el 4-7
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Las cámaras aseguradoras acá sí se pusieron de acuerdo. Le pasaron la propuesta a la SSN y define…
Nosotros avisamos el 4-7 y en 6′ dimos los problemas y las soluciones.
¿Qué dicen los PAS? No sabemos de qué lado están.
Fin de ciclo a un sistema que venía arruinando lo que estaba mal. O se acabó la joda. Ahora, en serio. Asistencia a cambio de cobertura, si la hay.
¿Es la solución perfecta? Es una solución a la medida de los tiempos, limita el abuso, el mal servicio, el gasto innecesario. El tiempo dirá.
¿Hay otras prioridades? Obvio, pero esto es lo urgente de los accesorios, como un sobreturno en una agenda.
Los puntos salientes:
“Hay servicio de asistencia al vehículo siempre que tengan causa y origen en riesgos individualizados amparados en la póliza de seguro contratada”. Es decir, por daños parciales.
“La aseguradora queda relevada de responsabilidad cuando por caso fortuito o fuerza mayor, tales como huelgas, actos de sabotaje, guerras, catástrofes de la naturaleza, dificultades en los medios de comunicación, o de vías de circulación, o impedimentos ajenos a ella, no se pueda efectuar, por medio de las prestadoras contratadas, cualquiera de las prestaciones que integran la Asistencia o que por tales causas se demore inusualmente la prestación de ese servicio”. No se hace cargo del caos y conflictos en la vía pública o rutas o peajes, por ende, no hay quejas de demoras ni delay.
“La Asistencia se halla integrada por los servicios que se establecen a continuación: Dichos servicios se brindarán siempre y cuando los mismos se soliciten como consecuencia de la ocurrencia de alguno de los riesgos amparados en la póliza contratada: Operaciones Mecánicas de Emergencia y servicio de remolque”. Claro, dos servicios y como en todos los artículos, que estén en las condiciones de póliza.
“La cantidad de kilómetros de ida y de vuelta para el servicio de remolques no podrán ser inferiores a 100 kilómetros”. Mínimo kilometraje, máximo según cada aseguradora.
“Los servicios anuales no podrán ser inferiores 6 servicios”. Mínimo de servicios. Cada aseguradora según bolsillo y competencia dará más.
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