SEGUROS DE SALUD / VIAJERO: fallos x coberturas y atención vs ASSIST CARD y UA. ART: la justicia castiga a una ART x medidas de seguridad ¿?
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Aseguradora de salud deberá indemnizar a una turista por falta de atención
Fue abusiva la exclusión de enfermedades preexistentes por parte del seguro de viajes
La demandada formuló unilateralmente las estipulaciones objetadas. La Justicia concluyó que desvirtuó la finalidad del contrato. La compañía deberá reembolsarle al actor lo que gastó en suelo europeo para tratar su úlcera e indemnizarlo por daño moral
La Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial ratificó que la exclusión de enfermedades preexistentes estipulada unilateralmente por la empresa de seguros de viaje fue abusiva, desvirtuó la finalidad del contrato y desnaturalizó las obligaciones de Assist Card Argentina SA.
El tribunal revisor enfatizó que las clausulas objetadas por el actor limitaron la responsabilidad de la firma e implicaron una restricción de los derechos del consumidor.
Además, indicó que el viajero es una persona adulta mayor y que, por ello, al momento de los hechos contaba con la tutela especial de la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, aprobada por la ley 27360.
“Argentina asumió el compromiso internacional de conferir a las personas mayores un trato diferenciado y preferencial en todos los ámbitos; en particular, en los vinculados a su derecho a la salud”, recordó la Cámara.
El magistrado de primera instancia precisó que en el caso eran aplicables la normativa de defensa del consumidor, las cláusulas generales y particulares pactadas y, por analogía, las reglas derivadas de los contratos de medicina prepaga y de la ley 17418 (de Seguros).
La indemnización rondará los 2,6 millones de pesos. 20-11-2022
La Cámara Laboral de Viedma falló contra una constructora y una aseguradora luego de comprobarse que un albañil trabajaba sin los elementos de seguridad necesarios, y que por ese motivo sufrió una lesión en la columna.
Por todo ello, la Cámara Laboral de Viedma finalmente condenó tanto a la empresa constructora a abonar un 1,6 millones de pesos por la reparación integral y a la aseguradora a pagar un millón más de indemnización.
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