¿El seguro todavía no la ve?: La CORTE SUPREMA lo hizo y ordenó las indemnizaciones a TERCEROS y limitó/anuló/desactivó la INDUSTRIA DEL JUICIO. Una nueva era, la previsible. El fallo BARIRENTOS c/OCORSO y LA SEGUNDA (c.e.g), la mejor noticia de los últimos 30 años.

Por segurosaldia.com octubre 17, 2024 16:54

¿El seguro todavía no la ve?: La CORTE SUPREMA lo hizo y ordenó las indemnizaciones a TERCEROS y limitó/anuló/desactivó la INDUSTRIA DEL JUICIO. Una nueva era, la previsible. El fallo BARIRENTOS c/OCORSO y LA SEGUNDA (c.e.g), la mejor noticia de los últimos 30 años.

No fue el regulador ni el lobby, fue la lógica que venía aplicando la CORTE SUPREMA DE JUISTICIA DE LA NACIÓN. Daños y Perjuicios es una cosa, montos de dinero y deudas es otra.

Este 15 de Octubre es tan festejable o más que el DÍA DEL SEGURO, el día de inicio de las ART’S el 1-7-1996 y el de las AFJP el 1-7-1994 que tiempo después, fue estatizada y sin ningún responsable y el de la nueva ley de RIESAGOS DEL TRABAJO del 2017.

Había un puñado de aseguradoras y nada más, preocupadas por este flagelo, este karma de pagar indemnizaciones multiplicadas por 5/10 y más veces y que no estaban reservadas, ya que en eso la SSN no había normado. Había reservas mínimas, dejando bien desamparado al asegurado.

Ya había observado a inicios de año y advirtió con un fallo la inaplicabilidad de la DOBLE TASA ACTIVA que algunas cámaras aplicaban. Y tuvieron que volver atrás y no volvieron con esa irracionalidad.

Espíritu de cuerpo, y verticalmente, dio señales y directivas con un fallo. En este caso, otra vez.

«La Corte dijo que no corresponde aplicar intereses o tasas que contengan componentes de actualización cuando se fijan valores actuales, sino intereses puros. Pero la tasa bancaria (activa) que aplicó la sentencia de Cámara desde el momento del daño lo contenía y fijó valores actuales en la sentencia.

El caso resuelto este martes es del 24 de febrero de 2008, cuando se produjo un accidente de tránsito en el que falleció una persona. Su viuda e hijos demandaron y obtuvieron una indemnización por los daños y perjuicios. La condena se hizo extensiva a la aseguradora.»

¿Los PAS y los canales de venta son conscientes del alivio que implica para las arcas de las aseguradoras y el correcto uso de las reservas para pagar siniestros reparando el daño sin enriquecimiento?

El regulador, un tema aparte. Ausente en la lucha contra el fraude, contra la industria del juicio y contra las aseguradoras que estafan asegurados y terceros.

Fraude e industria del juicio se lleva un gran porcentaje de las reservas para honrar compromisos por siniestros.

Había habido un COLOQUIO donde lo político superó al técnico y judicial. Se plantearon reclamos, pero faltaba el argumento, que finalmente salió: el fallo BARRIENTOS c/OCORSO y la citada LA SEGUNDA.

En AGOSTO de este año, había limitado una indemnización laboral que significaba el 20.000% con respecto al reclamo inicial.

Luego, el BCRA cometió un yerro al poner un sistema de actualización que, analizando una deuda de 2010 a hoy, la multiplicaba por 34 veces. Es decir, todo lo contrario, a este fallo. Era exorbitante hasta para los que generaban a la industria del juicio.

Más de 499.157 al 30-6-2024 juicios en el SEGURO contra aseguradoras (entre el 90% y el 95% del total son por reclamos de terceros en distintas ramas), en la cual aparte de abogados, son parte productores y otros agentes. ¿Productores por qué? Porque en muchos casos, venden carpetas a suma fija a estudios o porque desvían de buena fe o no, según el caso, los reclamos de terceros saltando la vía administrativa.

¿Porqué no hubo definiciones y pronunciamientos de CÁMARAS DE PAS Y CANALES DE VENTA? ¿Qué pasa en el seguro?

¿Porqué hubo un coloquio solo de CIDES y sus socios pero no se tomó en cuenta que el fallo FLORES es por una presentación de una aseguradora que no es socia, en este caso LIDERAR?

Hecho significativo y auspicioso, para festejar. No vimos a nadie festejar, sí cuestionar. ¿Qué dicen las CÁMARAS ASEGURADORAS?

Resta los nombramientos de las COMISIONES MÉDICAS faltantes para darle racionalidad y respeto a las leyes del mercado asegurador, y respaldo a la actividad. Esto es CLAVE para desalentar la industria del juicio y el fraude en ART.

Festejemos este fallo, que pone las cosas en su lugar. Obvio, hay polémica, nostálgicos, los hablemos sin saber y los de siempre: los cabeza de termo.

El fallo está.

 

Segurosaldia.com

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